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Pago de aguinaldos en el sector público arrancó este 1 de octubre con un desembolso de $110 millones

Desde este 1 de octubre arranca el pago del aguinaldo para el sector público en El Salvador, tras la entrada en vigor de las reformas laborales. El Gobierno destinará $110 millones para esta prestación, la cual mantendrá la exención del impuesto sobre la renta hasta $1,500.

SAN SALVADOR — Los trabajadores del sector público en El Salvador comenzaron a recibir este jueves 1 de octubre el pago del aguinaldo correspondiente a 2026. La entrega anticipada de esta prestación es el resultado de las recientes reformas aprobadas por la Asamblea Legislativa que amplían el período legal de pago, para el cual el Gobierno central destinará un estimado de $110 millones.

La actualización al artículo 200 del Código de Trabajo, respaldada previamente en el primer órgano del Estado con 60 votos, faculta tanto a las instituciones estatales como a los empleadores del sector privado a efectuar el desembolso entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre. Anteriormente, el marco legal fijaba el plazo de entrega en una ventana más cercana a las festividades de fin de año; con la nueva disposición, las autoridades buscan brindar un margen más flexible para la planificación financiera familiar y comercial.

Dentro del paquete de modificaciones laborales, se ratificó que los aguinaldos y compensaciones adicionales con un techo de hasta $1,500 estarán exentos de la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR). Para aquellos montos que sobrepasen dicha cifra, la deducción tributaria correspondiente se aplicará exclusivamente sobre el excedente, beneficiando así a la gran mayoría de la fuerza laboral.

En el ámbito de la empresa privada, la entrada en vigencia del nuevo período no genera una obligación para efectuar los depósitos este primer día de octubre, ya que las corporaciones y negocios disponen hasta el 20 de diciembre para completar el pago. Asimismo, las reformas a los artículos 197 y 202 fijan el 12 de diciembre como fecha de referencia clave para calcular la prestación de forma proporcional en aquellos casos donde el colaborador no cuente con el tiempo mínimo de servicio requerido para cobrar el monto íntegro.

La normativa aprobada también introdujo ajustes a la Ley Integral del Sistema de Pensiones. Las personas jubiladas del sector público y privado contarán con la entrega del beneficio adicional anual y de la pensión de Navidad desde el primer día hábil de octubre hasta el quinto día hábil de diciembre. Por otra parte, en lo que respecta a las obligaciones legales por pensiones alimenticias, las retenciones del 30 % autorizadas sobre la compensación navideña podrán ejecutarse a lo largo del mismo lapso extraordinario de octubre a diciembre.


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