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Iglesia aparta de sus funciones a influyente monseñor tras presuntas violaciones al código de conducta

El sacerdote estadounidense Mons. Roger Landry ha sido apartado del ministerio público tras denuncias por violaciones a los códigos de conducta. El caso, que no involucra a menores ni conductas sexuales, ha activado una investigación preliminar y medidas cautelares conforme al derecho canónico para determinar la veracidad de los hechos.

El presbítero estadounidense Mons. Roger Landry, director nacional de las Obras Misionales Pontificias en Estados Unidos y conocido colaborador de la red católica EWTN, ha sido apartado temporalmente del ejercicio público de su ministerio sacerdotal. La decisión fue anunciada este 11 de septiembre por la Diócesis de Fall River (Massachusetts), jurisdicción a la que pertenece incardinado, tras recibir denuncias sobre presuntas violaciones a los códigos de conducta sacerdotal tanto de su diócesis de origen como de la Arquidiócesis de Nueva York, donde actualmente prestaba servicios.

Tanto la diócesis como el propio sacerdote precisaron que las denuncias no involucran a menores ni contemplan acusaciones de mala conducta de índole sexual. Según declaró Landry, las inquietudes presentadas por varios individuos responden a presuntas faltas de prudencia y límites pastorales con adultos. Mientras se esclarecen los hechos, el sacerdote solicitó una licencia temporal de sus funciones administrativas en las Obras Misionales Pontificias, donde Douglas Culp asumirá la dirección interina.

En su comunicado, Mons. Landry defendió su inocencia frente a cualquier delito canónico, afirmando que cooperará plenamente con las autoridades eclesiásticas mientras se mantiene la presunción de inocencia que le reconoce el derecho de la Iglesia.

¿Cómo funciona el proceso canónico ante este tipo de acusaciones?

Cuando la autoridad eclesiástica recibe una denuncia contra un clérigo por posibles faltas al código de conducta o normativa canónica, se activa un procedimiento regido por el Código de Derecho Canónico.

La legislación canónica establece una investigación previa. Siempre que la noticia de un posible delito o falta posea verosimilitud, el obispo diocesano tiene la obligación de iniciar una investigación preliminar. Para ello designa a un investigador (sacerdote o laico capacitado) encargado de recabar pruebas, tomar declaraciones y examinar los hechos.

Asimismo, durante el desarrollo de las indagaciones, y para prevenir el escándalo o proteger a los involucrados, el obispo puede apartar cautelarmente al acusado de sus funciones públicas o pastorales. Esta restricción no constituye una sanción ni determina culpabilidad, respondiendo a un principio de prudencia.

Luego vendrá una evaluación de los resultados. Una vez concluida la investigación preliminar, el investigador presenta sus hallazgos al obispo. Con el asesoramiento de canonistas y del promotor de justicia, el prelado decide si las pruebas son suficientes para archivar la causa o dar paso a un procedimiento formal.

Si existen indicios razonables, se inicia un proceso canónico formal, el cual puede tramitarse por vía judicial ante un tribunal eclesiástico o mediante un decreto administrativo penal. En este proceso se garantizan el derecho a la defensa y la presunción de inocencia del acusado hasta que se emita una resolución firme o sentencia final.


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